CÓDIGO DE ÉTICA SAN TADEO Y SOCIOS S.P.R DE R.L.

Introducción

 

La Ética denota los principios y virtudes morales aplicables a la vida laboral, económica, comercial y empresarial, la cual debe permear completamente al cuerpo estructural que soporta a la Empresa a través del Director, Socios, Accionistas, Gerentes y Jefes. Es imprescindible para la debida formación, funcionamiento e institucionalización ética de la Empresa que estén plasmados los principios y virtudes en lo siguientee:

 

1. Misión

2. Visión

3. Valores, mismos que se enlistan a continuación:

a) Confiabilidad

b) Honestidad

c) Compromiso

d) Integridad

e) Responsabilidad.

 

Lo anterior para formar la estructura de la Empresa y dar cumplimiento a los fines éticos-comerciales de ésta a la par de ir garantizando y equilibrando los derechos, intereses y desarrollo social sostenible de los propios Trabajadores, además de la debida atención y cumplimiento frente a los Grupos Comerciales con los que se contacta directamente como son: Clientes, Proveedores y Prestadores de Servicios varios, y finalmente, el compromiso social adquirido y la responsabilidad para con el medio ambiente.

 

De igual forma, la Ética Corporativa en la Empresa exige el cumplimiento riguroso de la legislación y normativas establecidas en dos rubros:

 

a) De manera externa: las federales, gubernamentales y municipales de administración y recaudación de impuestos y derechos, las referentes a legalidad, las de materia laboral y las establecidas para certificación del giro comercial;

 

b) Así como de manera interna: el apego y cumplimiento al Reglamento Interno de Trabajo y demás normatividades aplicables en materia agroindustrial y laboral vigentes en la Empresa.

 

Esta Empresa posee una sólida cultura ética caracterizándose por anticiparse a las demandas, retos y requerimientos comerciales y no comerciales que requieren de solidez, aplomo y responsabilidad, reaccionando anticipada y proactivamente ante estas necesidades, consolidándose esto por el multidisciplinario trabajo en equipo del Personal que la conforma.

 

Finalmente, esta Empresa busca el equilibrio entre el capital y el trabajo, de modo que los Trabajadores reciben a través de sus salarios la justa contraprestación por sus servicios, lo cual también se garantiza con la gestión, labor y cumplimiento del Personal Directivo, Gerencial y de Jefaturas que operan la Empresa con responsabilidad, experiencia y atención dirigidas tanto al resto de los Trabajadores Administrativos y Operativos de las distintas áreas que componen el Corporativo, como a las personas externas con fin determinado.-

 

“Código de Ética”

SAN TADEO Y SOCIOS S. P. R. DE R. L.

 

Índice de Cláusulas

 

1ª Del Comité y Código de Ética Empresarial y Comercio Ético

2ª Sobre confidencialidad

3ª No discriminación

4ª No violencia

5ª No Contratación laboral de menores de edad

6ª De los Derechos Laborales de los Trabajadoreso

7ª Respeto a los Derechos Humanos

8ª Protección al medio ambiente

9ª De comercio ético

10ª De participación social comunitaria

11ª Libre asociación

12ª De conflictos de interés

13ª De dádivas y sobornos

14ª Familiares en la Empresa

15ª Seguridad en el Trabajo

16ª De Sistemas de Computacionales e Informática

17ª Propiedad Industrial

 

Cláusulas

 

Del Comité y Código de Ética Empresarial y Comercio Ético

 

PRIMERA.- Las áreas y departamentos Rectores que integran el Comité de Ética y que vigilarán y harán valer el Código de Ética Empresarial y Comercio Ético de la Empresa son:

  • Dirección de Contraloría y Finanzas
  • Dirección de Planeación y Análisis
  • Departamento de Recursos Humanos
  • Departamento de Inocuidad.

Quienes velarán el respeto y cumplimiento del Código de Ética realizando sus actividades administrativas y operativas haciendo valer la Misión, Visión y Valores de la Empresa, por tanto, su ejercicio profesional y gestiones laborales y comerciales en este Corporativo son éticos y responsables.


La Representación del Código de Ética Empresarial y Comercio Ético será a cargo del Ph. D. José Gabriel Mercado Rangel en cuanto Asesor Directivo del Corporativo.


_______Quejas sobre la Ética Empresarial_______

 

Para cualquier Queja por:

  • Fallas a la Etica.
  • Comportamiento laboral indebido.
  • Comportamiento comercial falto de honradez y ética empresarial.

Suscitado en la operación de la Empresa y su Personal en torno al presente Código, se establece el siguiente:



Procedimiento de Queja En la Etica Empresarial

 

1° La Queja deberá formularse por escrito, dirigido a cualquiera de las dos o a ambas Direcciones Operativas del Corporativo, sin necesidad de formato especial, únicamente contemplando tres requisitos:

  • Expresar clara y concisamente la Queja (en qué consiste) y redactar brevemente los hechos que la conforman.
  • Señalar el área, Departamento, Personal o Externo que motiva la Queja.
  • Nombre y firma de quien presenta la Queja.

Para el caso de la identidad de quien presenta la Queja, se mantendrá en anonimato por las referidas Direcciones; en caso que por determinada situación quedara expuesta su identidad, las referidas Direcciones se asegurarán que no existan represalias para esta persona por instar este procedimiento, y que reciba el mismo trato digno y justo de antelación.


2° Las Direcciones Operativas del Corporativo realizarán la investigación e indagación pertinente de lo expresado en la Queja y aplicarán las medidas conducentes del caso.


Sobre confidencialidad

 

SEGUNDA.- Tanto Información interna (Administración y Trabajadores) como externa (Clientes, Proveedores, Prestadores de Servicios varios…) será manejada únicamente en concordancia con el Aviso de Privacidad establecido y vigente en la Empresa, mismo al que se puede acceder en las instalaciones o en la página web: www.santadeo.com.mx .-


A la par, se cuenta con un Contrato de Confidencialidad (RH-P-08) para Puestos clave y áreas sensibles que por sus funciones así lo ameriten y requieran

 

No discriminación

 

TERCERA.- Esta Empresa es respetuosa hacia sus Trabajadores, brindándoles un trato digno y justo, no discriminándolos por su raza o etnia, religión, edad, nacionalidad, sexo, ideologías políticas, nivel socio-cultural-económico, o cualquier otra condición propia de su persona, en concordancia con el artículo 1°, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con el artículo 133 fracción I de la Ley Federal del Trabajo.-

 

No violencia

 

CUARTA.- En la Empresa no se permite ninguna forma de violencia (física, y/o verbal y/o sexual), amenazas, ni acoso laboral (mobbing) o cualquier tipo de violencia en tratos laborales como medida disciplinaria o como intimidación entre Trabajadores cualesquier sea su Puesto, jerarquía organizacional y funciones, garantizándose esta defensa mediante su establecimiento en el presente Código, en el Reglamento Interno de Trabajo, en sus Sanciones y en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo


No Contratación Laboral de menores de edad y Trabajo Infantil

 

QUINTA.- El Departamento de Recursos Humanos de esta Empresa tiene como política en el Procedimiento de Reclutamiento y Selección de Personal no contratar Personal con minoría de edad, atendiendo la limitante legal del caso establecida en el Título Quinto Bis denominado “Trabajo de los menores” y que comprende los artículos 173-180 de la Ley Federal del Trabajo, así como en el artículo 123, apartado A, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la justificante de encontrarse el aspirante a ser contratado en pleno desarrollo físico y emocional en su etapa adolescente. Por lo tanto, y de acuerdo a la política de contratación vigente, solo se contratarán a Trabajadores sin distinción de sexo con 18 dieciocho años cumplidos. En el Lugar de Trabajo no ha lugar al Trabajo Infantil


De los derechos laborales de los Trabajadores

 

SEXTA.- Todos los Trabajadores que presten sus servicios a esta Empresa tienen la garantía de recibir y gozar de sus derechos y conceptos laborales establecidos en el Título Tercero de la Ley Federal del Trabajo denominado “Condiciones de Trabajo”, como son la igualdad sustantiva en el trabajo, la opción abierta a percibir compensaciones laborales adicionales al salario, jornada de trabajo acorde a derecho y bajo las condiciones establecidas en caso de generar horas extras, mismas que son sin obligatoriedad para el Trabajador, días de descanso semanales y obligatorios, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, salario íntegro y superior al mínimo establecido en el Estado de Michoacán, derecho a la participación en utilidades, seguridad social y jubilación; lo anterior, también establecido y fundamentado en el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En el Lugar de Trabajo no ha lugar al trabajo forzado, a la servidumbre y esclavitud. Tampoco fungirá el Lugar de Trabajo como prisión ni como centro para trata de personas.


Se garantiza en el Lugar de Trabajo que tanto el ingreso como la separación laboral del Trabajador respecto al Patrón, a su Puesto y funciones son libres y voluntarios, sin lugar a cuotas económicas, depósitos o fianzas para permitir su contratación laboral o para retenerlo a contravoluntad en el Lugar de Trabajo; para el caso de Renuncia Voluntaria del Trabajador, basta con que dé aviso anticipado a su Jefe Directo para las consideraciones operativas y para las laborales pertinentes a su separación establecidas por el Departamento de Recursos Humanos. Aunado a esto, no se retendrán por ningún Área o Departamento los documentos oficiales originales del Trabajador, exceptuando la Carta de Antecedentes No Penales que permanecerá en expediente en el Departamento de Recursos Humanos


De igual forma, se garantiza la igualdad laboral a los Trabajadores en cuanto Puesto, responsabilidades, actividades y la correspondiente remuneración económica, así como a los beneficios y oportunidades que ofrezca la Empresa como incentivo o como concepto laboral adicional a los de Ley, sin la práctica de deducciones salariales inválidas, no justificadas y arbitrarias al Trabajador por el área de Nómina del Corporativo. También se garantiza la igualdad laboral a los Trabajadores sin hacer distinción de género, atendiendo únicamente sus capacidades y experiencia

 

Respeto a los Derechos Humanos

 

SÉPTIMA.- De igual forma, la Empresa garantiza el respeto cabal a los Derechos Humanos de los Trabajadores, del Personal en general, de cualquier persona externa que ingrese para cualquier asunto en las instalaciones, de Clientes, Proveedores, Terceros y Prestadores de Servicios varios


Protección al medio ambiente

 

OCTAVA.- La Empresa es responsable con el medio ambiente de acuerdo con su giro agroindustrial, no emitiendo contaminantes, residuos peligrosos o agentes biológicos dañinos a la atmósfera, a las aguas, flora y fauna de la comunidad a la que pertenece

 

De Comercio Ético

 

NOVENA.- La Empresa en su marco comercial se ajusta a las reglas de la libre competencia tanto en la producción como en la comercialización, actuando con ética, legalidad y transparencia en las operaciones mercantiles, empresariales y negocios, sin lugar a la práctica del soborno, de la corrupción y de actividades fraudulentas.


_______Quejas sobre el Comercio Etico______

 

Para cualquier Queja por:

  • Fallas a la Etica.
  • Comportamiento laboral indebido.
  • Comportamiento comercial falto de honradez y ética empresarial.

Suscitado en la operación de la Empresa y su Personal en torno al presente Código, se establece el siguiente:

Procedimiento de Queja en el Comercio Etico

 

1° La Queja deberá formularse por escrito, dirigido a cualquiera de las dos o a ambas Direcciones Operativas del Corporativo, sin necesidad de formato especial, únicamente contemplando tres requisitos:

  • Expresar clara y concisamente la Queja (en qué consiste) y redactar brevemente los hechos que la conforman.
  • Señalar el área, Departamento, Personal o Externo que motiva la Queja.
  • Nombre y firma de quien presenta la Queja.

Para el caso de la identidad de quien presenta la Queja, se mantendrá en anonimato por las referidas Direcciones; en caso que por determinada situación quedara expuesta su identidad, las referidas Direcciones se asegurarán que no existan represalias para esta persona por instar este procedimiento, y que reciba el mismo trato digno y justo de antelación.


2° Las Direcciones Operativas del Corporativo realizarán la investigación e indagación pertinente de lo expresado en la Queja y aplicarán las medidas conducentes del caso.


De participación social comunitaria

 

DÉCIMA.- Esta Empresa tiene el firme compromiso de colaborar con el mejoramiento de la comunidad citadina y ejidal a las que pertenece, en cuanto al desarrollo social, cultural, ecológico y económico

 

Libre asociación

 

DÉCIMA PRIMERA.- La Empresa respeta la libre asociación, la reunión pacífica y el coaligarse de los Trabajadores de acuerdo a lo establecido en los artículos 9° y 123 apartado A, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.-


De conflictos de interés

 

DÉCIMA SEGUNDA.- Cuando se encuentre un vínculo personal, familiar y directo entre un Trabajador o Departamento y una transacción comercial, laboral o económica entre la Empresa y su contraparte en dicha relación, se tendrá la obligación de dar aviso al Jefe Directo o Inmediato para marcar pautas a seguir y evitar cualquier conflicto de interés; este conflicto se ventilará con las Direcciones Operativas del Corporativo.


No se beneficiará el Trabajador o Departamento con la información confidencial contenida en las bases de datos y archivos físicos de la Empresa para cualquier transacción personal, comercial y extra-laboral no permitida, o también con las oportunidades de negocio a las que se tiene acceso como resultado del giro comercial de la Empresa.


De Dádivas y Sobornos

 

DÉCIMA TERCERA.- Todo Trabajador de la Empresa que labore en áreas comerciales, de compras o de adquisiciones, administrativa, de relaciones laborales, de Recursos Humanos o contrataciones laborales, atención a Clientes y cualesquier Puesto en que tenga injerencia económica o comercial interna y externa, se abstendrá de realizar cualquier tipo de transacciones prohibidas empresarialmente o contrarias a la Ética y a la Ley, así como derivado de esto el solicitar, exigir, aceptar u ofrecer, ya sea directa o indirectamente, gratificaciones, obsequios, sobornos o dádivas de cualquier tipo. Esto incluye el intercambio indebido de dinero, préstamos, privilegios especiales, comisiones comerciales, favores personales, beneficios o servicios que condicionen, comprometan o desvíen las relaciones de la Empresa con Clientes, Proveedores, Prestadores de Servicios, aspirantes laborales o terceros.


De igual forma, tanto Personal, Áreas, Departamentos o la Empresa misma en ejercicio de una ciudadanía responsable, se abstendrán de cualquier forma de soborno a Autoridades, Funcionarios Públicos y Auditores de Certificaciones con las que cuenta la Empresa por su giro agroalimenticio y comercial, ajustándose a los lineamientos y procedimientos legales del caso y con total apego a Derecho y a la Ética Empresarial.


Familiares en la Empresa

 

DÉCIMA CUARTA.- Esta Empresa garantiza la libre y justa competencia en el Trabajo otorgando oportunidad de sobresalir y crecer laboral, económica y socialmente a todo Trabajador sin aplicar diferencias, favoritismos, ventajas, preferencias o discriminación laboral en detrimento de los Trabajadores frente a otros Trabajadores que puedan tener calidad de familiares o parientes directos o cercanos de la Dirección General o cualquier otro Puesto Directivo, Gerencial o de Jefatura en el o los Lugares de Trabajo designados por la Empresa


Seguridad en el Trabajo

 

DÉCIMA QUINTA.- El Lugar de Trabajo garantiza los estándares de seguridad al apegarse a las normativas gubernamentales, del trabajo, seguridad e higiene y de certificación agroalimenticia con que se cuenta, respetando y cumpliendo cada uno de los reglamentos y lineamientos establecidos


Sistemas Computacionales e Informática

 

DÉCIMA SEXTA.- El Departamento de Sistemas Computacionales e Informática del Corporativo establecerá, respetará y hará valer los lineamientos y reglamentos a que haya lugar para con el uso, seguridad, manejo y utilización de software y hardware en la Empresa. Tendrá la obligación de cuidar, respetar y reglar el buen uso de los equipos por el Personal en general protegiendo los derechos de autor y licencias correspondientes en cuanto a equipos de cómputo y su contenido, accesorios, redes, correo electrónico, internet, página web, servidor, datos e información privada ya sea física o digital y toda tecnología que sirva y forme parte del Departamento en servicio de la Empresa.-


Propiedad Industrial

 

DÉCIMA SÉPTIMA.- SAN TADEO Y SOCIOS S. P. R. DE R. L. registra con número 1479017, expediente 1488806, nombre comercial, marca y denominación con uso desde el día 20 del mes de Julio del año 2010, ante la Secretaría de Economía

 

Sobre Código de Ética Empresarial y Comercio Ético

 

La observancia, apego, aplicación y ejecución de este Código son estrictamente obligatorios para todo el Personal de esta Empresa, y estará a cargo del Comité establecido en la Cláusula primera del presente. Dicho Comité tendrá la facultad y obligación de difundir, actualizar, cumplimentar y ejercer la defensa del Código de Ética empleando las normativas internas de la Empresa para la aplicación de sanciones si el caso en particular amerita.-

 

 

 

Asesoría Directiva

Departamento de Recursos Humanos

SAN TADEO Y SOCIOS  S. P. R. DE R. L.